CONTI Abogados Laboralistas
Accidente In Itinere · Art. 6 LRT

Accidente In Itinere: Qué Cubre la ART y Cómo se Prueba el Trayecto

El accidente in itinere cubre todo siniestro en el trayecto directo trabajo-hogar bajo el Art. 6 LRT, otorgando cobertura médica total, sueldo e indemnización dineraria.

¿Sufrió un accidente en el trayecto hacia o desde el trabajo?

Consulte con el Dr. Guillermo Conti para garantizar su cobertura médica y cobrar su indemnización:

Distinciones Conceptuales Indispensables

  • Cobertura Médica y Dineraria Total: La ART debe costear tratamientos, sueldos durante la baja e indemnización.
  • SUBE y Denuncia Policial son Clave: Acreditan fehacientemente la hora y el recorrido directo del siniestro.
  • Indemnización por Secuelas Físicas: Toda limitación o cicatriz residual devenga pago de indemnización en la SRT.

1. Concepto Legal del Accidente In Itinere (Art. 6 LRT)

El Artículo 6, inciso 1 de la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 define al accidente in itinere como aquel siniestro ocurrido en el trayecto directo e inmediato entre el lugar de trabajo y el domicilio del trabajador, o viceversa, siempre que el damnificado no haya interrumpido o alterado dicho recorrido por causas ajenas al trabajo o en su interés particular.

La cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) es integral e idéntica a la de un accidente en planta: comprende atención médica de urgencia, cirugías, prótesis, kinesiología, medicamentos al 100%, pago de sueldos durante la licencia médica e indemnización dineraria de pago único por las secuelas incapacitantes permanentes.

2. Medios de Prueba para Neutralizar el Rechazo de la ART

Las ART suelen intentar rechazar estos siniestros alegando desvíos de trayecto o falta de inmediatez horaria. Para consolidar la cobertura legal, el trabajador debe presentar:

  1. Denuncia Policial Inmediata: Constancia de intervención policial o actuación de SAME/ambulancia en el lugar del hecho.
  2. Registros de Transporte Público (Tarjeta SUBE): Extracto de viajes de la tarjeta SUBE que acredite el paso por la zona en concordancia con los horarios de entrada o salida.
  3. Testigos Presenciales o Cámaras de Seguridad: Transeúntes, compañeros de viaje o grabaciones de domos urbanos.
  4. Historia Clínica del Hospital de Urgencia: Constancia de ingreso en guardia con relato coincidente del mecanismo lesivo.

Preguntas Frecuentes Relacionadas

¿Qué cubre la ART si tengo un accidente yendo al trabajo?

Cubre el 100% de los gastos médicos, cirugías, rehabilitación, sueldo completo durante la baja médica e indemnización por secuelas permanentes.

¿Qué pasa si me desvié unas cuadras para hacer un trámite personal?

Cualquier alteración sustancial del recorrido por motivos personales puede habilitar el rechazo de la ART; solo se admiten desvíos fundados en estudio, atención médica de familiares o segundo empleo denunciado previamente.

¿Cuánto tiempo tengo para denunciar el accidente in itinere?

Debe denunciarse de inmediato ante el empleador y la ART dentro de las 48 horas de ocurrido el hecho.

¿Cobro indemnización si me quedan secuelas o cicatrices?

Sí. Al recibir el alta, la Comisión Médica de la SRT debe evaluar el grado de incapacidad física o estética y fijar la indemnización de pago único.

Defienda sus Derechos Laborales con el Dr. Guillermo Conti

Auditoría de liquidaciones, telegramas y reclamos en CABA y PBA sin costo inicial. Honorarios 100% a resultado:

Consulta 11 2604–4758