¿Hasta Cuánto se Puede Reducir la Indemnización por Despido? Fallo Vizzoti
En el fallo «Vizzoti, Carlos Alberto c/ AMSA S.A. s/ Despido», la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que la aplicación del tope indemnizatorio del Artículo 245 de la LCT es inconstitucional si produce una reducción superior al 33% del sueldo real del dependiente, debiendo calcularse la indemnización sobre al menos el 67% de la mejor remuneración mensual normal y habitual.
1. Qué se Discutía en el Caso
El trabajador, Carlos Alberto Vizzoti, se desempeñó durante 26 años para la empresa médica AMSA S.A. como director médico, percibiendo al momento del despido sin causa una remuneración mensual de $11.000.
La empresa pretendía liquidar su indemnización aplicando el tope del convenio colectivo de Sanidad N° 122/75, fijado en $1.053 mensuales. Esto implicaba una quita del 89,4% de su salario real, desvirtuando por completo la protección contra el despido arbitrario garantizada por el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
2. Qué Resolvió la Corte Suprema de Justicia
El Máximo Tribunal de la República Argentina hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por el trabajador y fijó los siguientes principios de jerarquía constitucional:
- Protección contra el Despido Arbitrario: El Art. 14 bis CN exige que la indemnización sea una reparación razonable y proporcional al daño que causa la pérdida del empleo, no un importe meramente simbólico.
- Límite a la Confiscatoriedad: Tomando como referencia la doctrina en materia tributaria, la Corte determinó que una quita superior al 33% del patrimonio o de la retribución reviste carácter confiscatorio e inconstitucional.
- Fijación de la Base Mínima del 67%: No se declaró la inconstitucionalidad de todo el Art. 245, sino de su aplicación estricta cuando recorte más del tercio de la remuneración. En tal hipótesis, la base de cálculo de la indemnización debe ser el 67% del salario real devengado.
Criterio Extraíble (Ratio Decidendi)
«No resulta razonable ni justo que la base salarial para la indemnización por antigüedad sufra una mengua superior al 33% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada por el trabajador. Cuando el tope de convenio arroje una reducción mayor, la base deberá integrarse con el 67% del sueldo real.»
3. Aplicación Práctica en Liquidaciones Laborales en CABA
En la práctica cotidiana de los tribunales del trabajo y del SECLO en la Ciudad de Buenos Aires, el fallo Vizzoti resulta de aplicación directa e inmediata para:
- Personal Fuera de Convenio y Jerárquico: Gerentes, supervisores, jefes de área y profesionales cuyos salarios superan holgadamente las escalas sindicales.
- Trabajadores de Convenio con Salarios Diferenciales: Dependientes con comisiones altas o adicionales por especialidad que superan el promedio del convenio.
4. Enlace al Documento Fuente Oficial
El texto íntegro y auténtico del fallo se encuentra disponible en el repositorio jurisprudencial oficial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos 327:3677).
Recursos que Complementan este Fallo
- Glosario: Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Análisis normativo y fórmula del mes de sueldo por año de servicio.
- Servicio: Reclamo y Liquidación por Despido Injustificado Cómo aplicamos la doctrina Vizzoti para maximizar la indemnización en CABA.
- Fallo CSJN «Aquino»: Reparación Integral en Accidentes Otro hito constitucional en defensa de los derechos del trabajador.