Despidos Sin Causa
Liquidación del Art. 245 LCT, preaviso, integración del mes de despido, rechazo de falsas causas patronales, despidos verbales y autodespido indirecto.
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Estudio Jurídico Conti & Asoc. - Estrategia y Resultados.
En Conti Abogados Laboralistas brindamos asesoramiento legal integral tanto en la Capital Federal (CABA) como en la Provincia de Buenos Aires. Nos especializamos en la resolución de conflictos laborales complejos, desde despidos incausados (liquidaciones del Art. 245 LCT, preaviso y multas) hasta empleo no registrado (trabajo en negro y salarios informales), accidentes laborales de ART y audiencias prejudiciales en el SECLO.
Nuestro enfoque combina la solidez técnica con una estrategia personalizada. Entendemos que detrás de cada expediente hay un trabajador que necesita no solo respuestas claras, sino también soluciones concretas. Por eso, aseguramos siempre un análisis personalizado y pormenorizado de los casos que recibimos con patrocinio directo del Dr. Guillermo Conti.
Liquidación del Art. 245 LCT, preaviso, integración del mes de despido, rechazo de falsas causas patronales, despidos verbales y autodespido indirecto.
Conocer Más →Defensa ante empleo totalmente en negro, sueldos cobrados parcialmente en mano, fecha de ingreso falseada y cobro de multas agravadas Leyes 24.013 y 25.323.
Conocer Más →Siniestros en planta e in itinere, enfermedades profesionales, patrocinio obligatorio en Comisiones Médicas de la SRT e indemnizaciones por incapacidad.
Conocer Más →Instancia prejudicial obligatoria en CABA. Asistencia letrada en audiencias virtuales y presenciales, negociación y homologación con fuerza de sentencia.
Conocer Más →Cálculo de la mejor remuneración mensual normal y habitual, fracción mayor a 3 meses y aplicación del Fallo Vizzoti de la Corte Suprema.
Conocer Más →Redacción de intimaciones formales gratuitas en Correo Argentino, plazos de 48 hs y valor probatorio en la Justicia Nacional del Trabajo.
Conocer Más →Guía técnico-jurídica con el desglose artículo por artículo de la Ley de Modernización Laboral 27.802, jurisprudencia de la CSJN y modelos de liquidación:
Sustitución voluntaria de la indemnización por antigüedad por fondos fiduciarios de convenio.
Ver análisis doctrinario →Exclusión de la presunción ante locaciones de servicios con facturación y carga dinámica.
Ver análisis doctrinario →Validez de pagos en moneda extranjera y stablecoins con los límites del 20% en especie.
Ver análisis doctrinario →Somos un Estudio Jurídico 5 estrellas en Google.
Me despidieron de palabra después de 8 años de trabajo y me negaban la liquidación. Gracias al Dr. Guillermo Conti redactamos el telegrama de inmediato y en la segunda audiencia de SECLO cobré el 100% de mi indemnización real.
Cobré una parte de mi sueldo en negro durante 4 años. En el estudio me explicaron cómo funcionaba la Ley 24.013, intimamos al empleador y logramos un acuerdo excelente sin necesidad de ir a juicio largo.
Tuve un accidente de trabajo en moto y la ART me dio el alta con 0% de incapacidad. El Dr. Conti me representó ante la Comisión Médica de la SRT y conseguimos el porcentaje real y el cobro de la indemnización.
Mi experiencia es un 10. La calidad humana y la claridad para explicarme cada paso del reclamo me dieron una tranquilidad enorme. No cobran nada por adelantado y defienden al trabajador con todo.
La evaluación general en Google es 5.0 de 5, en base a 80 reseñas.
Respuestas y guías paso a paso del Dr. Guillermo Conti a las dudas más urgentes de trabajadores en CABA y PBA:
En Conti Abogados trabajamos bajo la modalidad de pacto de cuota litis: la primera consulta, la auditoría del telegrama y el cálculo de indemnización son 100% gratuitos. Nuestros honorarios se perciben como un porcentaje regulado por ley únicamente si se gana el caso o se cobra un acuerdo favorable en el SECLO. Si usted no cobra, no paga absolutamente nada.
👉 Ver guía completa: ¿Cuánto cobra un abogado laboralista y cómo se regulan los honorarios? →Tiene un plazo perentorio de 48 horas hábiles para rechazar la causal invocada mediante telegrama laboral gratuito (Ley 23.789). No firme recibos de liquidación final sin previo asesoramiento de un abogado laboralista, ya que podría estar renunciando a rubros indemnizatorios y multas que le corresponden por ley.
👉 Ver guía urgente: ¿Qué hacer al recibir un telegrama de despido? →Bajo el Art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), le corresponde 1 mes de sueldo por cada año trabajado (o fracción mayor a 3 meses), tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año. A ello se suman el preaviso, la integración del mes de despido, los días trabajados, el SAC proporcional y las vacaciones no gozadas.
👉 Ver fórmula detallada y análisis del Art. 245 de la LCT →El empleo no registrado total o parcialmente (cobro de una parte del sueldo 'en mano' o fecha de ingreso falsa en el recibo) faculta al dependiente a intimar formalmente la regularización. Si la empresa no blanquea la relación, el trabajador puede considerarse despedido y reclamar la indemnización sobre el salario real.
👉 Ver guía: ¿Cuánto se cobra por despido estando en negro? →Si la ART le otorgó el alta médica pero continúa con dolores o secuelas incapacitantes, tiene un plazo estricto para iniciar el trámite de Divergencia en el Alta Médica ante la Comisión Médica de la SRT. Con nuestro patrocinio letrado, exigimos la continuidad de los tratamientos y el cobro de la indemnización por incapacidad permanente.
👉 Ver pasos para reclamar la Divergencia en el Alta ante la SRT →Cálculo de liquidación Art. 245 LCT, preaviso y qué hacer en las primeras 48 hs.
Intimaciones Ley 24.013, multas por sueldos en mano y fecha falsa.
Comisiones Médicas SRT, divergencias y cobro de incapacidades.
Fórmula de cálculo y límites constitucionales del Fallo Vizzoti.