Bancarios CCT 18/75: Día del Bancario y Beneficios
Guía sobre los derechos, adicionales y liquidación de haberes en Bancarios (CCT 18/75); reclamos retroactivos de 2 años en CABA.
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Distinciones Conceptuales Indispensables
- Convenio Bancarios (CCT 18/75) Aplicado al 100%: Exigimos el cobro de todos los adicionales obligatorios.
- Reclamo Retroactivo de 2 Años: Recupere diferencias salariales no prescriptas.
- Honorarios 100% a Resultado: Solo cobramos si usted gana y cobra su dinero.
1. Marco Normativo y Beneficios Sectoriales
El Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75 para el personal de bancos establece beneficios sectoriales exclusivos, entre los que destacan la gratificación extraordinaria por el Día del Bancario (6 de noviembre), los adicionales por zona y antigüedad, y el subsidio especial por fallecimiento del titular o derechohabientes.
2. Reclamo de Diferencias Salariales y Despido
Ante la falta de pago de adicionales, horas extras, encuadramiento fraudulento o despido incausado, el trabajador puede intimar mediante telegrama laboral gratuito el pago de las diferencias salariales retroactivas de dos (2) años (Art. 256 LCT) y las indemnizaciones legales completas.
Preguntas Frecuentes Relacionadas
¿Cómo reclamo diferencias salariales en Bancarios (CCT 18/75)?
Mediante intimación por telegrama laboral gratuito reclamando las diferencias salariales de los últimos 2 años más aguinaldos y vacaciones.
¿Qué pasa si la empresa desconoce el convenio de Bancarios (CCT 18/75)?
Se reclama judicialmente el correcto encuadramiento convencional con cobro de todas las escalas salariales adeudadas.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Dispone de dos (2) años desde cada mes devengado o desde la fecha del despido (Art. 256 LCT).
¿Cómo se liquidan las horas extras y nocturnas?
Se abonan con recargo del 50% o 100% según el día y con el divisor salarial específico de la actividad.