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Despido en Negro · Art. 245 LCT

Cuánto se Cobra por Despido Estando Totalmente en Negro en Argentina

El despido en negro devenga indemnización completa del Art. 245 LCT calculada sobre el salario real, preaviso, integración, diferencias de 2 años y multas del Art. 80.

¿Trabajaba en negro y fue despedido?

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Distinciones Conceptuales Indispensables

  • Liquidación sobre Salario Real: Se computa el monto total de bolsillo, no sumas ficticias o topes bajos.
  • Reclamo Retroactivo de 2 Años: Se pueden cobrar todas las diferencias de sueldo impagas de los últimos 24 meses.
  • SECLO Permite Cobro Rápido: La mayoría de los despidos en negro se resuelven en 30 a 60 días.

1. Cálculo de Indemnización sobre el Salario Real

El trabajador despedido que prestaba tareas totalmente «en negro» (sin registración formal) tiene el derecho legal de que su liquidación se calcule sobre la totalidad del salario real percibido de bolsillo, incluyendo comisiones, propinas y horas extras habituales.

La liquidación indemnizatoria comprende:

2. Procedimiento Telegráfico e Intimación

Ante la negativa de tareas o el despido de palabra, el trabajador debe intimar de inmediato mediante telegrama laboral gratuito (Ley 23.789) consignando fecha real de ingreso, jornada habitual y remuneración real devengada, intimando la regularización y el pago de las indemnizaciones en el SECLO.

3. Cuánto representa en plata (ejemplo resuelto)

Mismo caso de referencia del cluster, pero trabajado íntegramente en negro: ingreso real 01/06/2022, despido verbal el 10/10/2026, salario real de bolsillo $1.400.000. La liquidación se calcula sobre ese salario real:

RubroMonto
Indemnización por antigüedad (art. 245: 5 períodos × $1.400.000)$7.000.000
Indemnización sustitutiva de preaviso (1 mes, art. 232)$1.400.000
SAC sobre preaviso (Plenario 139 CNAT)$116.666,67
Integración del mes de despido (21 días de octubre, art. 233)$980.000
SAC sobre integración$81.666,67
SAC proporcional del semestre (3 meses y 10 días)$388.888,89
Vacaciones proporcionales no gozadas (≈ 10,9 días × $56.000)$607.868,49
SAC sobre vacaciones no gozadas$50.655,71
Total de la liquidación indemnizatoria≈ $10.625.746,42

Caso ilustrativo: ingreso 01/06/2022, despido sin causa ni preaviso notificado el 10/10/2026, mejor remuneración mensual, normal y habitual de $1.400.000, sin tope de convenio aplicable. A la suma se agregan los días trabajados del mes y lo que fije su convenio; ningún rubro indemnizatorio paga Impuesto a las Ganancias (doctrina CSJN De Lorenzo).

A ese piso se agregan los rubros propios del empleo no registrado: la sanción del art. 80 LCT por falta de entrega de certificados en legal forma ($4.200.000 — tres sueldos reales, previa intimación), y las diferencias salariales retroactivas de hasta 2 años si le pagaban por debajo del convenio. El reclamo completo supera así los $14.825.746,42, sin contar diferencias ni intereses.

Qué cambió con la reforma: para los despidos regidos por el régimen actual, las multas duplicatorias de las leyes 24.013 y 25.323 quedaron derogadas por la Ley de Bases 27.742. La protección del trabajador en negro pasa hoy por tres vías: liquidación sobre el salario real, diferencias salariales retroactivas y la sanción del art. 80 LCT — más la prueba (testigos, WhatsApp, transferencias) que fija ese salario real ante el juez.

El paso a paso del telegrama está en la guía del telegrama laboral gratuito; la prueba del vínculo, en cómo probar el trabajo en negro; y los certificados, en certificado de trabajo del art. 80.

Preguntas Frecuentes Relacionadas

¿Cobro indemnización si trabajaba en negro y me despiden?

Sí. El trabajo en negro no quita ningún derecho: se cobra el 100% de la indemnización por antigüedad calculada sobre su salario real de bolsillo.

¿Qué pasa si la empresa me pagaba menos que el sueldo de convenio?

Se reclama la diferencia retroactiva de los últimos 2 años hasta equiparar las escalas salariales del gremio aplicable.

¿Cuánto tarda en cobrarse un reclamo por trabajo en negro?

En el SECLO de CABA la mayoría de los casos de empleo no registrado se acuerdan y cobran dentro de los 30 a 60 días.

¿El empleador puede negar que trabajé allí?

Es una respuesta habitual de las empresas; se neutraliza con la prueba de testigos presenciales, mensajes de WhatsApp y pericia contable.

¿Siguen vigentes las multas por trabajo en negro en 2026?

Las multas duplicatorias de las leyes 24.013 y 25.323 fueron derogadas por la Ley de Bases 27.742 para los despidos regidos por el régimen actual. Hoy el reclamo se construye sobre la liquidación al salario real, las diferencias salariales de hasta 2 años y la sanción del art. 80 LCT (tres sueldos por falta de certificados, previa intimación).

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