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Despido Discriminatorio · Reforma

Despido Discriminatorio y Reinstalación tras la Reforma Laboral

El despido discriminatorio por motivos de género, raza, religión o gremiales prevé una indemnización agravada del 50% al 100% sobre el Art. 245 LCT más daño moral autónomo.

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Distinciones Conceptuales Indispensables

  • Discriminación Genera Indemnización Agravada: Se adiciona entre un 50% y 100% extra sobre el cálculo del Art. 245 LCT.
  • Daño Moral es Acumulable: Procede el resarcimiento civil autónomo por la afectación a la dignidad personal.
  • La Prueba Indiciaria es Válida: La doctrina judicial flexibiliza la carga probatoria ante indicios claros de persecución.

1. Régimen de Despido Discriminatorio tras la Ley 27.742 y Ley 27.802

La reforma laboral introdujo modificaciones estructurales al tratamiento del despido motivado en discriminación por motivos de etnia, raza, nacionalidad, sexo, identidad de género, orientación sexual, religión, ideología u opinión política o gremial.

La normativa incorpora una indemnización agravada especial del 50% al 100% adicional sobre la indemnización por antigüedad del Art. 245 LCT según la gravedad del acto discriminatorio probado judicialmente.

2. Debate sobre la Reinstalación en el Puesto y Ley 23.592

Con anterioridad a la reforma, la jurisprudencia de la CSJN fundada en el precedente «Álvarez c/ Cencosud S.A.» (2010) y la Ley Antidiscriminatoria 23.592 habilitaba la declaración de nulidad absoluta del despido y la consecuente reinstalación forzosa del dependiente en su puesto de trabajo con cobro de salarios caídos.

Tras la reforma, la ley establece un régimen tarifado agravado para disuadir la discriminación, pero subsiste la tutela judicial efectiva para accionar por daño moral y psíquico ante los tribunales del trabajo de CABA.

Preguntas Frecuentes Relacionadas

¿Cuánto es el recargo por despido discriminatorio?

La ley prevé un agravamiento del 50% hasta el 100% sobre el monto de la indemnización por antigüedad del Art. 245 LCT, a criterio del juez.

¿Qué motivos configuran discriminación laboral?

Despidos motivados en razones de género, embarazo, orientación sexual, religión, raza, afiliación gremial o activismo político.

¿Cómo se prueba la discriminación en el juicio?

Mediante indicios concordantes (correos, mensajes de WhatsApp, testigos, sanciones persecutorias inmediatas tras expresar una opinión o condición).

¿Se puede reclamar daño moral además de la indemnización?

Sí. El trabajador puede reclamar de forma autónoma la reparación civil del daño moral y psicológico ocasionado por el acto lesivo.

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