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Abogado Laboral para Empleados de Banco (CCT 18/75)

Si trabajás en un banco y no te pagan la función de caja, el adicional de zona, el título o las horas que exceden la jornada reducida del sector, tenés un reclamo concreto: el CCT 18/75 fija esos adicionales y todos integran la base de tu indemnización si te despiden.

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Distinciones Conceptuales Indispensables

  • Función Falla de Caja: adicional de hasta el 40% del sueldo inicial por manejar fondos, que muchos bancos no liquidan en recibo.
  • Jornada reducida propia de la actividad: las horas que la exceden se pagan como extras aunque no lleguen a las 48 semanales de la LCT.
  • Reclamo retroactivo de 2 años (Art. 256 LCT) sobre diferencias salariales no prescriptas.

1. El CCT 18/75: qué cubre y qué adicionales suma a tu sueldo

El Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75, firmado entre la Asociación Bancaria (La Bancaria) y las cámaras de bancos oficiales y privados, rige a todo el personal de bancos —oficiales, nacionales, provinciales, municipales, mixtos y privados— de todo el país (Art. 3°). Si trabajás en un banco, tu recibo de sueldo debería reflejar, además del básico de convenio, los siguientes conceptos:

Ninguno de estos adicionales es optativo: si son remunerativos y habituales —es decir, si se devengaron en al menos 6 de los últimos 12 meses—, integran la base de cálculo de tu aguinaldo, tus vacaciones y tu indemnización por despido.

2. Los reclamos más frecuentes en el sector bancario

Estos son los reclamos que vemos con más frecuencia entre trabajadores bancarios, con su fundamento legal:

3. Cómo hacemos el reclamo, paso a paso

  1. Auditoría sin costo de tus últimos recibos de sueldo y de tu legajo de antigüedad, para reconstruir la categoría y los adicionales que te corresponden según el CCT 18/75.
  2. Cálculo de la diferencia entre lo cobrado y lo que corresponde, incluyendo función de caja, zona, título y horario nocturno cuando aplican.
  3. Intimación por telegrama laboral gratuito, detallando los adicionales adeudados y, si corresponde, la falta de encuadre correcto.
  4. Instancia obligatoria en el SECLO o demanda directa, según el tipo de reclamo.
  5. Demanda judicial ante la Justicia Nacional del Trabajo si no hay acuerdo, con honorarios 100% a resultado.

4. Errores comunes al reclamar en Bancarios

Preguntas Frecuentes sobre Bancarios (CCT 18/75)

¿Qué es la Función Falla de Caja y cuánto tengo que cobrar por manejar caja?

El CCT 18/75 reconoce un adicional mensual a quien maneja fondos como cajero: 15% a 20% si sos recibidor, 20% a 30% si sos recibidor y pagador, y 25% a 40% si sos pagador, calculado sobre el sueldo inicial de tu categoría (Art. 22). Es habitual que el banco lo pague por fuera de recibo o directamente lo omita; si es tu caso, es una diferencia salarial reclamable de los últimos dos años.

¿Cómo sé si mi categoría de antigüedad es la correcta?

El personal administrativo asciende automáticamente por antigüedad, con paradas obligatorias a los 15 años (Ayudante de Firma), 20 años (Jefe de Sección), 25, 30 y 35 años. Auditamos tu legajo y tus recibos para verificar si el banco te promovió en esos cortes; si no lo hizo, hay diferencia salarial retroactiva.

Me trasladaron a una filial del interior y no me pagan el adicional de zona, ¿corresponde?

Sí. El CCT 18/75 fija un adicional por zona desfavorable o alejada de entre el 20% y el 60% del sueldo inicial, según el grupo de la localidad (Art. 25). Si te trasladaron a una filial comprendida en ese régimen y no te lo liquidaron, es una diferencia salarial reclamable.

¿Las horas que trabajo después del horario de atención al público se pagan como extra?

La actividad bancaria tiene jornada reducida propia. Las horas que superan ese límite se pagan como horas suplementarias con los recargos del Art. 201 LCT (50% en días comunes, 100% después de las 13 del sábado, domingo o feriado), aunque en total no lleguen a las 48 horas semanales de la jornada legal general.

¿El adicional por título profesional se pierde si no ejerzo esa profesión en el banco?

No. El CCT 18/75 reconoce el adicional por título habilitante aunque el agente no realice funciones inherentes a ese título, siempre que esté escalafonado (Art. 10 y 11). Solo se cobra un adicional por título, el de mayor monto, y no se acumula con el que corresponde por realizar tareas técnicas específicas para las que sí se exige el título.

¿Qué corresponde por el Día del Bancario?

El 6 de noviembre de cada año rige como Día del Bancario con las normas establecidas para los feriados nacionales (Art. 50 CCT 18/75). Si te hicieron trabajar ese día sin el tratamiento de feriado, corresponde el recargo respectivo.

¿Cómo se calcula la indemnización si tengo adicional de caja y de zona?

La indemnización del Art. 245 LCT se calcula sobre tu mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, incluyendo los adicionales remunerativos devengados en al menos 6 de esos meses. Si el banco liquidó tu despido tomando solo el básico de convenio y dejó afuera la función de caja, la zona o la nocturnidad, la indemnización está mal calculada y hay diferencia a reclamar.

¿Hay algún subsidio si fallece un compañero en actividad?

Sí. El CCT 18/75 prevé un subsidio por fallecimiento del agente en actividad, diferenciado según su estado civil y si tiene descendencia a cargo (Art. 55), que perciben los derechohabientes acreditando el vínculo. Es independiente de cualquier indemnización que corresponda por otras leyes.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar diferencias salariales en Bancarios?

Dos años desde que cada diferencia se devengó, o desde la fecha del despido (Art. 256 LCT). Pasado ese plazo, el reclamo de esos meses prescribe.

¿Cuánto cobra el estudio por un reclamo en Bancarios?

Trabajamos con honorarios 100% a resultado: la consulta y la auditoría de tus recibos son gratuitas, y solo cobramos si usted gana y cobra su indemnización o sus diferencias salariales.

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