¿Cómo se Calcula el SAC (Aguinaldo) Proporcional por Despido?
El SAC proporcional por despido se calcula dividiendo la mejor remuneración mensual del semestre por doce y multiplicándola por los meses trabajados hasta el cese: con un sueldo de $1.400.000 y 3 meses y 10 días del semestre, son ≈ $388.888,89. Y hay más: el preaviso y la integración del mes también devengan su 8,33% de aguinaldo, un rubro que casi ninguna liquidación patronal incluye. Fórmula, escala y ejemplo completo, abajo.
¿Le liquidaron el aguinaldo sin el SAC del preaviso?
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Distinciones que cambian el resultado del reclamo
- SAC de la liquidación no es el 'medio aguinaldo' de junio o diciembre: al extinguirse el contrato se paga la proporción devengada del semestre en curso hasta el día del cese, cualquiera sea el mes.
- El SAC no engorda la base del art. 245: por el plenario Tulosai de la CNAT, el aguinaldo no se incluye en la base de la indemnización por antigüedad; lo que sí corresponde es el SAC sobre preaviso e integración.
- SAC es irrenunciable aun con 'acuerdos': ningún recibo ni acuerdo privado puede dar por pagado un aguinaldo proporcional que no figure discriminado.
1. Fórmula del SAC proporcional al despido
El Sueldo Anual Complementario (Ley 23.041) es el 50% de la mejor remuneración mensual devengada en el semestre. Cuando el contrato termina antes del 30 de junio o del 31 de diciembre, se paga la proporción: mejor remuneración del semestre ÷ 12 × meses trabajados en el semestre (los días sueltos se computan como fracción de mes). Se liquida junto con los demás rubros de la liquidación final, sin esperar a fin de año.
Con la mejor remuneración de $1.400.000 del caso que usamos en todo este cluster: $1.400.000 ÷ 12 = $116.666,67 por mes de semestre; por 3 meses y 10 días (3,33 meses), ≈ $388.888,89.
2. El SAC que casi nadie paga: sobre preaviso e integración
La indemnización sustitutiva de preaviso y la integración del mes de despido llevan su incidencia de aguinaldo (8,33%), por doctrina plenaria obligatoria de la CNAT (Plenario N° 139): si el empleador hubiera preavisado en tiempo, esos meses se habrían trabajado y habrían devengado SAC. En el caso de referencia: $116.666,67 sobre el preaviso y $81.666,67 sobre la integración. Las vacaciones no gozadas también suman su 8,33% (≈ $50.655,71). Son tres renglones chicos que, juntos, superan los $248.989,04 — y que las liquidaciones patronales omiten sistemáticamente.
3. Dónde entra el SAC en la liquidación completa
| Rubro | Monto |
|---|---|
| Indemnización por antigüedad (art. 245: 5 períodos × $1.400.000) | $7.000.000 |
| Indemnización sustitutiva de preaviso (1 mes, art. 232) | $1.400.000 |
| SAC sobre preaviso (Plenario 139 CNAT) | $116.666,67 |
| Integración del mes de despido (21 días de octubre, art. 233) | $980.000 |
| SAC sobre integración | $81.666,67 |
| SAC proporcional del semestre (3 meses y 10 días) | $388.888,89 |
| Vacaciones proporcionales no gozadas (≈ 10,9 días × $56.000) | $607.868,49 |
| SAC sobre vacaciones no gozadas | $50.655,71 |
| Total de la liquidación indemnizatoria | ≈ $10.625.746,42 |
Caso ilustrativo: ingreso 01/06/2022, despido sin causa ni preaviso notificado el 10/10/2026, mejor remuneración mensual, normal y habitual de $1.400.000, sin tope de convenio aplicable. A la suma se agregan los días trabajados del mes y lo que fije su convenio; ningún rubro indemnizatorio paga Impuesto a las Ganancias (doctrina CSJN De Lorenzo).
El detalle de cada rubro está en su guía propia: indemnización por antigüedad, preaviso omitido, integración del mes y vacaciones no gozadas.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo se calcula el SAC proporcional por despido?
Se divide la mejor remuneración mensual del semestre por doce y se multiplica por los meses (y fracción) trabajados hasta el despido. Con un sueldo de $1.400.000 y 3 meses y 10 días de semestre, el SAC proporcional ronda los $388.888,89.
¿El preaviso y la integración del mes llevan aguinaldo?
Sí. Por el Plenario N° 139 de la CNAT, la indemnización sustitutiva de preaviso y la integración del mes devengan su incidencia de SAC (8,33% de cada rubro). Es el error más frecuente en las liquidaciones patronales.
¿El SAC integra la base de la indemnización por antigüedad?
No. Por la doctrina plenaria Tulosai de la CNAT, el aguinaldo no se computa dentro de la mejor remuneración del art. 245. Son cosas distintas: el SAC proporcional se cobra como rubro propio de la liquidación final.
¿Qué pasa si me pagaron el aguinaldo 'en negro' o parcial?
El SAC se calcula sobre la remuneración real devengada, incluidas las sumas no registradas que se acrediten. La diferencia puede reclamarse junto con el resto de la liquidación, con el beneficio de gratuidad del art. 20 LCT.
¿En qué plazo deben pagarme la liquidación final con el SAC?
Dentro de los cuatro días hábiles del despido (arts. 128 y 149 LCT). Vencido ese plazo, corresponde intimar por telegrama laboral gratuito y se devengan intereses.
Fuentes normativas de esta guía
Ley 23.041 y art. 121-123 LCT (SAC) · arts. 128 y 149 LCT (plazo de pago) · Plenario N° 139 CNAT (SAC sobre preaviso) · doctrina plenaria Tulosai (base art. 245). Contenido jurídico revisado por el Dr. Guillermo Conti (CPACF T° 154 F° 547). Última actualización: 07/09/2026.